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BIENES PERSONALES: OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA

a) Quienes posean bienes valuados al 31 de diciembre de 2016, según las disposiciones del Impuesto a los Bienes Personales, por un valor superior a $ 800.000.- Ademas de presentar la Declaración Jurada corresponderá el pago del impuesto resultante.

b) Los empleados en relación de dependencia que durante el año 2016 hayan percibido mas de $ 500.000- de sueldo bruto. Aun cuando la sumatoria de sus bienes no supere los $800.00.- La declaración jurada en este caso reviste solo carácter informativo.

c) Quienes no cumpliendo las condiciones antes mencionada se hayan inscripto en algún momento en el Impuesto a los Bienes Personales y hayan omitido tramitar la baja correspondiente. La declaración jurada en este caso también reviste solo carácter informativo.

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