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Crédito a monotributistas y autónomos: Tasa 0%

Si estas necesitando financiamiento en este momento, y sos monotributista o autónomo podes pedir hasta $ 150.000.- de crédito.

Dicho saldo te lo acreditan directamente en la tarjeta de crédito e impacta como un pago en la cuenta corriente. Esto implica que no recibiras el efectivo, el dinero se afectará al pago de la tarjeta de crédito.

Se acreditará en 3 cuotas mensuales de $ 50.000.- más el importe del pago de autónomos y monotributo que luego se afectará en AFIP. Es importante tener en cuente que esos meses no debes pagar y si tenés débito automático hay que suspenderlos.

Comenzas a devolver el crédito recien a los 6 meses de la acreditación en 12 cuotas.

Podemos solicitar tu crédito de manera online, hace tu consulta!

 

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Monotributo: valores a partir de enero 2019. Ya sabés cuanto vas a pagar? Empiezan las recategorizaciones hasta el 21 de enero.

A partir del enero de 2019, cambian los valores de referencia para la próxima recategorización de monotributo. Aumenta el importe de ingreso bruto de cada categoría y los valor a abonar por mes.

Es importante analizar todas las variables de tu negocio incluido tu consumo personal conocido por Afip, para luego no ser sorprendido y sufrir una recategorización de oficio, con las consecuentes multas.

 

 

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Prorroga al 31/01/2019 del plan de pagos de 48 cuotas

Afip prorrogó hasta el 31/01/2019, el plazo de adhesión al plan de pagos Puente Fiscal.

Permite incluir deudas impositivas, recursos de la seguridad social o aduaneras, sus intereses y multas vencidas hasta el 30/09/2018, con un máximo de hasta 48 cuotas.

La tasa de financiamiento es de 3% para pequeñas y medianas empresas y del 4% para el resto de los contribuyentes.

Para poder adherirse los contribuyentes tendrán que tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico.

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El fin de la factura en papel

Ya desde agosto monotributistas y autónomos dejaran de emitir factura en papel. Desde el 1° de agosto los inscriptos en IVA y los exentos en IVA tendrán la obligación de facturar electrónicamente o mediante controladores fiscales. Y para los monotributistas la implementación será gradual.

Para las categorías F, G, H, I y k ya es obligatoria la factura electrónica.

Para la categoría E a partir de octubre de 2018

Para la categoría D a partir de diciembre de 2018

Para la categoría C a partir de febrero de 2019

Para la categoría B a partir de marzo de 2019

Para la categoría A a partir de abril de 2019

Solo se podrán usar los talonarios de facturas cuando los sistemas de facturación electrónica o los controladores fiscales no funcionen por diversos motivos.

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MEDIOS DE COBRO ELECTRÓNICO – POSNET

A partir del 1° de abril todos los locales comerciales y monotributistas tendrán que disponer de cobro electrónico para realizar cobranzas con tarjetas de débito. No es obligatorio aceptar tarjetas de crédito. Afip anunció que habrá multas que van desde los $300 a los 300.000- para quienes no cumplan.

METODOS PARA ADQUIRIR DISPOSITIVO POSNET:
Solicitar en el banco donde operas el POSNET teniendo caja de ahorro en el mismo. El banco solicitante deriva a la empresa que realiza dicho método de cobro.
TODOPAGO solicitar via telefono o a traves de su página web https://todopago.com.ar/cobrar/mpos
MERCADO PAGO solicitar vía teléfono o a través de su página web https://www.mercadopago.com.ar/lector-tarjetas-credito-point

Recordá que tenes que reemplazar el F 960/NM, por el nuevo formato que especifica las formas de pago aceptadas F. 930/D. Si tenes un sitio web el Formulario 930/D debe ser expuesto, generándose desde la página de afip.

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Pluriempleo -Impuesto a las Ganancias – siradig

Si tenés dos o más empleos(Pluriempleo), debes informar dicha situación a fin de que se realicen de manera correcta las retenciones de impuesto a las ganancias. El empleador que paga la mayor remuneración será quien practique la retención. Mes a mes se informa con el SIRADIG las remuneraciones percibidas de los otros empleos, para que pueda realizarse correctamente el cálculo de la retención correspondiente. Si tu empleador no te retiene lo que corresponde al finalizar el periódo, vos sos responsable de ingresar el impuesto no retenido. En el mismo formulario también se informan las deducciones admitidas:

· Minimo no imponible
· Deducción especial
· Cargas de familia: Cónyuge, hijos, hijastros.
· Servicio doméstico
· Intereses de créditos hipotecarios
· Alquiler
· Seguro de Vida
· Gastos de Sepelio
· Gastos y honorarios médicos
· Medicina prepaga
· Donaciones
· Impuestos a los débitos y créditos.

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Deducciones Personales Impuesto a las Ganancias 2018

Estas son los nuevos importes de deducciones personales para el Impuesto a las Ganancias vigentes a partir del 01-01-2018.-

GANANCIA NO IMPONIBLE:     $   66.917,91

CONYUGE:     $   62.385,20

HIJO/A, HIJASTRO/A MENOR DE 18 AÑOS O DISCAPACITADO:     $   31.461,09

DEDUCCIÓN ESPECIAL 4TA CATEGORIA:     $   66.917,91

AUTÓNOMOS:    $ 133.835,82

EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA:    $ 321.205,97

Para mas detalle consulta el siguiente link: Deducciones Personales Impuesto a las Ganancias 2018

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Recategorización Monotributo Enero 2018

Desde el 1° al 20 de enero de 2018, rige el plazo para la recategorización de los monotributistas.

Corresponde analizar la actividad desarrollada cuantificando:

  • Los ingresos brutos de los últimos 12 meses.
  • La superficie  afectada a la actividad expresada en metros cuadrados.
  • La cantidad de KW consumidos para el desarrollo de la actividad.
  • El valor de alquileres devengados en los últimos 12 meses

Un vez obtenidos los valores de los parámetros se ubican en la categoría correspondiente.

Cabe recordar que AFIP cuenta con los importes de los gastos pagados electrónica o bancariamente, y presume que la categoría en la que se encuadre el contribuyente tiene que ser un 20% superior al total de los gastos.

Estar bien categorizados en monotributo evita inconvenientes y sanciones, no esperes hasta último momento.